Por unanimidad.
Corte Suprema confirmó sentencia que rechazó protección deducida por Club Naval en contra de otro Club por cambiar condiciones de acceso de socios del recurrente a las instalaciones del recurrido
El Tribunal de Alzada indicó que, está vedada toda declaración de derechos como las que pretendió el recurrente.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso y rechazó un recurso de protección deducido por el Club Naval de Deportes Náuticos en contra de Yacht Club de Chile y en contra de Inmobiliaria de Deportes Náuticos Yacht Club de Chile S.A. por cambiar las condiciones en que los socios del Club recurrente podrán acceder a las instalaciones del Club recurrido.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Yacht Club de Chile y en contra de Inmobiliaria de Deportes Náuticos Yacht Club de Chile S.A. por modificar las condiciones bajo las cuales se podrían hacer uso de las instalaciones de ésta última, e impedir de hecho el acceso de los socios de la entidad recurrente a las mismas, en condiciones diferentes a las establecidas en el año 1988.
El recurrente estimó vulneradas su garantía del artículo 19 de la Constitución numeral 24.
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