Con disidencia.
CS confirmó sentencia y acoge amparo contra SEREMI de Justicia.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de amparo; decisión que fue confirmada en alzada por la Corte Suprema.

Se dedujo acción de amparo contra la Secretaría Regional Ministerial de Justicia de Valparaíso, en favor de dos personas que actualmente cumplen condenas en el Centro de Detención Preventiva de Quillota.
La recurrente fundó su libelo en el hecho que sus representados, condenados, el primero, por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes y porte ilegal de arma de fuego y, el segundo, por el delito robo en lugar habitado y robo con fuerza en las cosas en lugar habitado, fueron beneficiados, debido a su buen comportamiento, por la comisión de rebaja de condena que calificó sus conductas como sobresalientes: al primero, con una rebaja de condena en 18 meses, por lo que habría cumplido su condena el 13 de abril de 2014, y al segundo con una rebaja de condena en 3 meses, por lo que habría cumplido su condena el 24 de junio de 2014.
Pese a lo expuesto, agrega el libelo, los amparados no han podido egresar del centro de detención preventiva por la demora en la ejecución de la referida rebaja por parte de la SEREMI a instancias del Ministerio de Justicia, ya que de conformidad con las nuevas instrucciones impartidas, la SEREMI de justicia de Valparaíso procedió a una nueva revisión y calificación de los requisitos establecidos en el artículo 7 de la ley 19.856 en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 del mismo cuerpo legal, retardando, en un primer momento, el reconocimiento de los beneficios concedidos, y consecuentemente con ello, se han visto privados de libertad ambulatoria de manera arbitraria e ilegal; encontrándose presos más allá del tiempo de cumplimiento de sus condenas: privación de libertad completamente injustificada, ya que mediante instrucciones impartidas a órganos administrativos no se puede vulnerar los derechos de las personas.




