Existió vulneración.
CS confirmó sentencia y acoge protección contra establecimiento educacional por denegación de matrícula.
La Corte de Apelaciones de Temuco acogió el arbitrio constitucional; decisión que fue confirmada en todas sus partes por la Corte Suprema.

Se dedujo acción de protección –por parte de un particular- en contra de la Escuela Artística Armando Dufey Blanc de Temuco.
El recurrente estimó vulneradas su garantías constitucionales correspondientes a la libertad de enseñanza y la igualdad ante la ley, por el acto arbitrario e ilegal del recurrido consistente en habérsele negado por parte del colegio recurrido la matrícula para Tercer Año Medio, argumentando que no existen cupos suficientes para dicho curso y se les da prioridad a los alumnos de Segundo Año Medio que son promovidos. Argumenta que en el Reglamento de convivencia escolar y de evaluación del establecimiento, no se contempla de manera alguna esta causal de negativa, siendo por tanto manifiestamente arbitrario y discriminatorio.
La Corte de Apelaciones de Temuco acogió el arbitrio constitucional; decisión que fue confirmada en todas sus partes por la Corte Suprema.
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