Existió vulneración.
CS confirmó sentencia y acogió amparo contra SEREMI de Justicia.
La Corte de Apelaciones de Arica razonó que “la excesiva demora en la Dictación del decreto en cuestión, torna ilegal e ilegítima la privación que padece la amparada, lo que constituye un atentado al artículo 21 de la Constitución Política de la República”.

Se dedujo acción de amparo en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Justicia de Arica y Parinacota, en favor de un particular.
El recurrente fundó su libelo indicando que la amparada se encuentra cumpliendo condena por tráfico ilícito de estupefacientes. No obstante, el organismo recurrido se ha negado a dictar el decreto correspondiente que permite la ejecución de lo resuelto por la Comisión de Reducción de Condena, que benefició a la amparada, cumpliendo su condena con fecha 24 de junio, sin perjuicio de que la fecha original era el 24 de septiembre de 2014. Así, habiéndose remitido sus antecedentes, la amparada aún se encuentra privada de libertad.
La Corte de Apelaciones de Arica acogió el recurso de amparo.
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