Carece de un derecho indubitado.
CS confirmó sentencia y rechaza protección contra Consorcio Aeroportuario de Magallanes.
La Corte de Apelaciones de Punta Arenas desestimó el recurso de protección; decisión que fue confirmada en alzada por la Corte Suprema en todas sus partes.

Se dedujo acción de protección contra el Consorcio Aeroportuario de Magallanes S.A.S.C., por parte de la empresa Chilean Way EIRL.
La recurrente estimó vulnerados sus derechos constitucionales de propiedad e igualdad ante la ley, por cuanto sostiene haber celebrado con la recurrida, el 25 de Mayo del año 2011, un contrato de subconcesión de Inmueble para Servicio de Alimentación y Bebida. Agrega que el 01 de Abril del año en 2014, se le hizo entrega de una carta, la cual le notificó que Consorcio Aeroportuario de Magallanes S.A., le manifestó su voluntad de ejercer la opción de término anticipado del contrato, indicando que el motivo fue por incumplimientos reiterados en la obligación de pago de la tarifa mensual y renovación de garantías, por parte de la actora.
En este contexto, sostuvo la actora que el actuar de la recurrida, careció de fundamentos, pues una vez licitada su subconcesión sólo se puede poner término a dicho vínculo como consecuencia de un proceso disciplinario. Sin embargo, la carta que le fue entregada, sólo señaló incumplimientos a sus obligaciones, sin justificar bajo ningún medio cuáles son esos incumplimientos.
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