No se verifica ilegalidad ni arbitrariedad.
CS confirmó sentencia y rechaza protección deducida por ciudadano libanés.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección; decisión que fue confirmada en todas sus partes por la Corte Suprema en alzada.

Se dedujo acción de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, por parte de un particular de nacionalidad libanés.
El recurrente estimó vulnerada la garantía constitucional consistente en la igualdad ante la ley contemplada en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental, toda vez que le fue denegada por el servicio recurrido la celebración de su matrimonio con una ciudadana chilena, expresando al efecto que en mayo de 2012 ingresó a Chile desde Bolivia, buscando mejorar su difícil situación económica, reuniéndose con familiares que lo recibieron en la ciudad de Iquique, donde concurrió a la Policía de Investigaciones para regularizar su situación migratoria, pero antes de lograrlo su familia debió trasladarse a Santiago en julio de 2012. No obstante, se le notificó una orden de expulsión en su contra emanada de la Intendencia Regional de Tarapacá fechada el 25 de julio de 2012.
Enseguida, expuso que durante su estadía en Santiago conoció a una ciudadana chilena, con quien inició una relación sentimental y contrajo matrimonio bajo la ley musulmana el 24 de mayo de 2013, sin inscribirlo por desconocimiento del plazo para hacerlo.
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