Ausencia de derecho indubitado.
CS desestima acción de protección por cierre de camino vecinal.
“los actores sólo aparecen adquiriendo “acciones y derechos hereditarios que inciden única y exclusivamente sobre un retazo de terreno compuesto de dos hectáreas cincuenta áreas”.

Se dedujo acción de protección, por cuanto un vecino procedió a cerrar con un cerco de alambres el camino vecinal de acceso a los predios de los recurrentes, que es la única vía que conecta sus propiedades con el camino público del sector.
La parte recurrente estimó que tal proceder era arbitrario e ilegal, violando su garantía constitucional del derecho de propiedad.
Informando el libelo, la parte recurrida solicitó su rechazo, por cuanto alegó ser la poseedora regular del terreno, acompañando los documentos respectivos, agregando que por ende no existe ilegalidad ni arbitrariedad alguna, sobre todo si los recurrentes carecen de título legítimo.
Comentarios (2)
Spley Estimados. No se encuentra la sentencia en el link. Favor revisar. Gracias
Elke von Loebenstein Corregido, gracias por contactarnos Saludos
Te puede interesar

Interpretación de contrato es materia de lato conocimiento.
Corte de Coyhaique rechaza acción de protección contra un particular que habría trasgredido obligación contractual.

No hubo mala fe en acciones cuestionadas a la recurrente.
CS revocó sentencia de Corte de Santiago que había rechazado acción de protección contra SEREMI de Educación por sanción administrativa.

Se constituyó en una comisión especial.
CS acogió recurso de protección por invocación de uso de fuerza pública por parte de un particular.

