Se confirmó sentencia.
CS rechaza protección contra Instituto de Seguridad Social y Hospital.
La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el recurso de protección; decisión que fue confirmada en todas sus partes por la Corte Suprema en alzada.

Se dedujo acción de protección -por parte de un particular- en contra del Instituto de Seguridad Social y en contra del Director del Hospital Barros Luco-Trudeau.
El recurrente estimó vulnerados el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica y el derecho de propiedad, consagrados en los numerales 1° y 24° del artículo 19 de la Carta Fundamental, por cuanto sostiene que ingresó a trabajar en mayo de 2014 para un particular sufriendo un grave accidente del trabajo a finales de dicho mes, que se produjo mientras desempeñaba sus funciones, al ingresar su mano en una máquina llamada “trompo”, en el sector de engranajes, sufriendo graves lesiones en su mano izquierda, que implicó la amputación parcial de su dedo medio.
Enseguida, expone que el día del accidente fue ingresado al Hospital Barros Luco, recibiendo las atenciones de urgencia, siendo trasladado a la unidad de otorrino-laringología donde se encuentra hospitalizado, sin recibir el tratamiento especializado a su lesión.
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