Por unanimidad.
CS rechaza protecciones contra proyecto minero en Putre.
La Corte Suprema rechazó un recurso de protección presentado por comunidades de la ciudad de Putre en contra de la decisión del Comisión Regional de Evaluación Ambiental de Arica y Parinacota que autorizó el proyecto "Manganeso Los Pumas".

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó un recurso de protección presentado por comunidades de la ciudad de Putre en contra de la decisión del Comisión Regional de Evaluación Ambiental de Arica y Parinacota que autorizó el proyecto «Manganeso Los Pumas».
En su sentencia, adujo que no obstante establecerse en la parte final del inciso 1° del artículo 20 de la Carta Fundamental que la interposición del recurso de protección lo es sin perjuicio de los demás derechos que puedan hacerse valer ante la autoridad o los tribunales competentes, no puede perderse de vista que a contar de la dictación de la Ley N° 20.600, de 28 de junio de 2012, que crea los Tribunales Ambientales, son éstos los llamados a conocer de las controversias medioambientales sometidas a su competencia, dentro de las cuales se encuentra -por cierto- la solicitud de invalidación de una resolución de calificación ambiental conforme se desprende de la nueva institucionalidad ambiental.
De lo razonado, prosigue el fallo, se sigue que si los reclamantes han pedido que esta Corte invalide una resolución de calificación ambiental dictada por la autoridad técnica competente aduciendo que adolece de vicios de legalidad en su otorgamiento, tal pretensión, por sus características, debe ser resuelta en sede de la nueva institucionalidad a que se ha aludido, tanto más si no se vislumbra en el presente caso quebrantamiento de un derecho que haya de restablecerse mediante la acción de protección cautelar urgente que ha sido intentada.
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