Diario Constitucional

No se vulnera el principio de legalidad tributaria.

CS rechazó recurso de casación en el fondo contra sentencia de la Corte de Santiago que había declarado que las sociedades de inversión se encuentran afectas al pago de patente municipal.

Se dedujo un recurso de casación en el fondo en contra de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que desestimó un reclamo de ilegalidad deducido en contra de la Municipalidad de Las Condes por el cobro de patente municipal a una sociedad de inversión pasiva. El recurso denunció la infracción del artículo…

Por Redacción·17 de mayo de 2012·2 min de lectura
CS rechazó recurso de casación en el fondo contra sentencia de la Corte de Santiago que había declarado que las sociedades de inversión se encuentran afectas al pago de patente municipal.
Referencial

Se dedujo un recurso de casación en el fondo en contra de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que desestimó un reclamo de ilegalidad deducido en contra de la Municipalidad de Las Condes por el cobro de patente municipal a una sociedad de inversión pasiva.

El recurso denunció la infracción del artículo 23 de la Ley de Rentas Municipales, ya que se gravaría un hecho no descrito en la ley, sino en el reglamento contenido en el D.S. N° 484, vulnerando el principio de reserva legal en materia tributaria.

La Corte Suprema el recurso de nulidad sustancial, al concluir que no se vulnera el principio de reserva legal, puesto que el D. S. N° 484 -Reglamento para la aplicación de los artículos 23 y 24 del D.L. N° 3.063 de Rentas Municipales- ha sido dictado por el Presidente de la República en virtud de su potestad reglamentaria de ejecución, y tiene por objeto la complementación y regulación y la certeza y seguridad en su aplicación por parte de sus destinatarios, como lo ha resuelto el Tribunal Constitucional en el Rol Nº 370, oportunidad en que esa Magistratura señaló que esta forma de regulación es plenamente constitucional, en la medida que exista “una apropiada adecuación entre los fines postulados por la ley y los medios que planifica el reglamento para lograrlos.

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