Libertad personal.
CS revoca sentencia y acoge amparo deducido contra Tribunal de Garantía de Santiago.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de amparo, mas, la Corte Suprema, en alzada, revocó esta decisión.

Se dedujo acción de amparo en contra del Quinto Tribunal de Garantía de Santiago, en favor de un particular.
Al efecto, expuso el recurrente que por sentencia de término el 05 de junio de 2006, en causa RIT 492-2005, fue condenado por el tribunal recurrido, a la pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito de homicidio simple, concediéndosele el beneficio de libertad vigilada. Agrega que posteriormente, el 30 de abril de 2009, cometió un nuevo delito, lo que hizo que se interrumpiera la prescripción de la sentencia anterior, y en virtud de lo cual se le revocó de pleno derecho el beneficio de libertad vigilada que había sido concedido.
Enseguida, señaló el actor que el 31 de marzo del presente año solicitó al recurrido se declarara la prescripción de la pena de cinco años impuesta en los autos RIT 492-2005, lo cual fue negado por el juez a quo en atención a que estimó que había que estarse a la pena en abstracto, por lo que tratándose de un delito que tiene pena de crimen, negó lugar a la prescripción, estimando la recurrente que la decisión, sin embargo, se adoptó en contravención a lo dispuesto en los artículos 97 y 21 del Código Penal, así como lo dispuesto en el artículo 20 del Código Civil, habiendo sido lo anterior zanjado por la Excelentísima Corte Suprema en los autos Rol 23.516-2014 y Rol N° 23.268-2014.
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