Por existir desviación de poder.
CS revocó sentencia de Corte de Santiago que había desestimado acción de protección de funcionario de MIDEPLAN.
Santiago, 16 de abril de 2012. Se dedujo acción de protección por parte de un funcionario de MIDEPLAN en contra de la Subsecretaria (S) y el del Ministro de la señalada cartera, por cuanto mediante resolución exenta, se dispuso su traslado para la Secretaría Regional Ministerial de Coquimbo. El actor estima que dicho acto es…

Santiago, 16 de abril de 2012.
Se dedujo acción de protección por parte de un funcionario de MIDEPLAN en contra de la Subsecretaria (S) y el del Ministro de la señalada cartera, por cuanto mediante resolución exenta, se dispuso su traslado para la Secretaría Regional Ministerial de Coquimbo. El actor estima que dicho acto es arbitrario e ilegal por cuanto representa un “castigo por haberse negado a renunciar cuando ello se le solicitó por parte de su jefatura directa”, vulnerándose así sus derechos fundamentales garantizados por el artículo 19 N°s 1, 2 y 4 de la Constitución; esto es la integridad física y psíquica de la persona, la igualdad ante la ley y el respeto y protección de la vida privada y a la honra de la persona y su familia.
Los recurridos al evacuar el informe respectivo solicitaron su rechazo por cuanto la resolución objeto de la acción de protección es perfectamente legal, toda vez que fue dictada por la autoridad competente, en el ejercicio de sus potestades legales, cumpliéndose además con todos los requisitos establecidos por el ordenamiento jurídico. Agregan que las razones y justificaciones para la adopción de la medida se encuentran en el texto mismo de la resolución, en el que se señaló que la destinación se adoptó dada la trascendencia del cargo que sería declarado vacante en la SEREMI de Planificación y Coordinación de Coquimbo y la experiencia del recurrente, lo que justifica el traslado.
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