Por unanimidad.
CS revocó sentencia que declaró inadmisible protección deducida a favor de funcionarios de Municipalidad contra CGR por rechazó de compensación de trabajo extraordinario realizado mediante teletrabajo.
La recurrente estimó vulneradas las garantías del artículo 19 numerales 2 y 24 de la Constitución Política de la República.

Por unanimidad, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Santiago que declaró inadmisible el recurso de protección deducida por una particular a favor de 39 funcionarios de la Municipalidad de Providencia en contra de la Contraloría General de La República (CGR), por la emisión del dictamen N° 8.232, que rechazó la solicitud presentada por la Municipalidad para que se dictaminara que se ajustó a derecho la compensación del trabajo extraordinario realizado mediante la modalidad de trabajo remoto o teletrabajo en el contexto de la contingencia sanitaria producida por el “COVID-19”.
La recurrente estimó vulneradas las garantías del artículo 19 numerales 2 y 24 de la Constitución Política de la República.
La Corte de Santiago indicó que, de los hechos expuestos en la presentación, en relación con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se coligió que la acción impetrada no reunió los requisitos que permitan declarar su admisibilidad, toda vez que no resultó ser la vía idónea al efecto. Por lo que, se declaró inadmisible el recurso de protección.
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