En forma unánime.
CS revocó sentencia y acoge protección contra Cuerpo de Bomberos de Santiago por separar arbitrariamente a uno de sus voluntarios.
El máximo tribunal estimó infringida la garantía constitucional a la igualdad.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Santiago y acogió la acción de protección deducida en contra del Cuerpo de Bomberos de Santiago por un bombero que oficiaba de tesorero y que resultara suspendido de la institución tras un procedimiento disciplinario.
El recurrente estimó vulnerada la garantía constitucional al debido proceso.
El máximo Tribunal indicó en su sentencia que, como se aprecia de los antecedentes reseñados, en ninguna de las resoluciones adoptadas se explica de qué manera los hechos que se atribuyen al actor constituyen una desobediencia a los oficiales o afectan, efectivamente, el buen nombre y los intereses de la institución o, de otro modo, constituyan infracciones a la normativa que la rige, como tampoco, en fin, cómo es que revisten la gravedad suficiente como para proceder a disponer la sanción más gravosa que consulta la reglamentación, esto es, la de separación de las filas de la institución.
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