En fallo unánime.
CS revocó sentencia y acoge protección contra particular que cerró su propiedad incorporando terreno de la recurrente.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de debido proceso y derecho de propiedad.

En fallo unánime, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Puerto Montt que rechazó la acción de protección deducida en contra de una particular, por realizar un cerramiento e instalación de un portón obviando el antiguo cerramiento que existía antes de que ella adquiriera el inmueble, incorporando a su propiedad 2.000 metros cuadrados que corresponden a la recurrente.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de debido proceso y derecho de propiedad.
El máximo Tribunal expresó en su sentencia que las razones de seguridad, vinculadas a la presencia del barranco, cuya existencia no fue acreditada, efectivamente legitiman adoptar medidas de seguridad, empero aquellas deben realizarse en la zona de peligro respectiva, sin que sea procedente que, bajo tal pretexto, se pretenda instalar un nuevo cerco en las zonas colindantes ignorando el cerramiento anterior.
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En forma unánime.
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