Diario Constitucional

Con disidencia.

CS revocó sentencia y acoge protección deducida contra Inspección del Trabajo de Colchagua.

La Corte de Apelaciones de Rancagua rechazó el recurso de protección, mas, la Corte Suprema –en alzada- revocó esta resolución.

Por Redacción·17 de octubre de 2015·2 min de lectura
CS revocó sentencia y acoge protección deducida contra Inspección del Trabajo de Colchagua.
Referencial

Se dedujo acción de protección –por parte de una empresa agrícola- en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Colchagua.

La recurrente estimó vulnerada la garantía constitucional contemplada en el artículo 19 Nºs 3, inciso cuarto, 16, 21 y 24 de la Constitución Política.

Al efecto, expuso en su libelo que por Resolución N° 1393/15/30 de fecha 7 de mayo de 2015, la recurrida la multó por no pagar un bono de producción o desempeño respecto de ocho de sus trabajadores por el período comprendido entre los años 2011 y 2014, y por no haber estipulado en su contratos de trabajo el referido bono, en circunstancias que el documento denominado Sistema Integrado de Gestión de la Empresa, señala claramente que los trabajadores están sujetos anualmente a una evaluación de desempeño y que dependiendo de los resultados pueden o no pagarse incentivos, agregando que deben ser los tribunales de justicia quienes resuelvan cualquier conflicto que en relación a ello se produzca, de acuerdo al artículo 420 letra a) del Código del Trabajo.

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