Con un voto en contra.
Corte Suprema revocó sentencia y acogió protección deducido por viuda en contra de Intendente de Fondos y Seguros Previsionales de Salud por rechazar reposición en contra de sentencia dictada por juez árbitro
La Corte Suprema señaló que, el recurrido incurrió en un acto arbitrario, al rechazar la cobertura adicional CAEC por el sólo hecho de no haberse gestionado el traslado e ingreso del paciente a la red cerrada, entre los días 29 y 31 de mayo del 2017.

Con un voto en contra, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago y acogió un recurso de protección deducido por una viuda en contra del Intendente de Fondos y Seguros Previsionales de Salud por rechazar recurso de reposición contra la sentencia dictada por juez árbitro con fecha 20 de diciembre de 2018, que negó la cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas a las prestaciones médicas que su cónyuge recibiera.
En el escrito se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Intendente de Fondos y Seguros Previsionales de Salud por el rechazó del recurso de reposición intentado contra la sentencia dictada en calidad de juez árbitro con fecha 20 de diciembre de 2018, que negó la cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas (Caec) a las prestaciones médicas que su cónyuge recibiera mientras estuvo hospitalizado en la Clínica Santa María, establecimiento al que ingresó por Ley de Urgencia al sufrir un infarto grave con fecha 13 de mayo de 2017 y en el cual se mantuvo hasta que fuera trasladado al Hospital Clínico de la Universidad de Chile, con fecha 08 de junio de 2017.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 numerales 1, 2, 3, 9 y 24.
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