Código Procesal Penal.
Diputados proponen establecer la obligación del fiscal de oír a la víctima antes de archivar la causa.
La moción de los diputados Letelier, Sabat y Walker expone que el aumento de delitos sobre robos y hurtos según la Encuesta Nacional Urbana de Seguridad Pública, aumentó significativamente en relación al año 2010, destacando que al menos el 31% de los hogares ha sido víctima de algún tipo de delito. Observa luego que cuando…

La moción de los diputados Letelier, Sabat y Walker expone que el aumento de delitos sobre robos y hurtos según la Encuesta Nacional Urbana de Seguridad Pública, aumentó significativamente en relación al año 2010, destacando que al menos el 31% de los hogares ha sido víctima de algún tipo de delito.
Observa luego que cuando una persona es víctima de un robo acude a denunciar a la policía, al Ministerio Público o cualquiera de los Tribunales de Justicia que tengan competencia en lo penal, sin que en la mayoría de los casos presente antecedentes suficientes que permitan continuar de manera normal la persecución penal. Es así, que frente a esta hipótesis, el Ministerio Público tiene la posibilidad de archiva la causa a espera de nuevos antecedentes, conforme a la facultad establecida en el Código Procesal Penal en el artículo 167, siempre que se cumplan los presupuestos establecidos en el texto legal.
En este sentido, la iniciativa propone modificar el artículo el artículo 178 del precipitado cuerpo, estableciendo el derecho de la víctima de un delito a ser oída por el fiscal, a fin de ratificar la denuncia o agregar detalles. Asimismo, el fiscal tendrá la obligación de oír al denunciante sólo cuando proceden denuncias de “delitos cometidos en la propiedad, cuando el valor de lo robado es superior a 40UF” o delitos cometidos en contra de las personas, de familias, o la moralidad pública.
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