Lodos sanitarios.
Segundo Tribunal Ambiental admitió a trámite reclamación contra SMA por clausura temporal decretada respecto de relleno sanitario.
Corresponde ahora que la reclamada informe de la materia requerida dentro del plazo de 10 días.

El Segundo Tribunal Ambiental, con asiento en la ciudad de Santiago, admitió a trámite la reclamación deducida por ECOMAULE S.A. en contra de las medidas provisionales decretadas por la Superintendencia del Medio Ambiente, contenidas en la Resolución Exenta Nº 918.
Cabe recordar que la Superintendencia del Medio Ambiente dio inicio a un procedimiento administrativo sancionatorio respecto de Ecomaule por incumplimiento a la normativa ambiental, formulando dieciséis cargos en su contra. Posteriormente, con fecha 01 de julio de 2015, mediante Resolución Exenta la Superintendencia aprobó el Programa de Cumplimiento presentado por la empresa, disponiendo la suspensión del procedimiento administrativo sancionatorio.
Así, luego de transcurrido 8 meses de ejecución del aludido programa, la SMA, en base a los antecedentes de fiscalización y diversas denuncias particulares, decidió declarar el incumplimiento del Programa de Cumplimiento, reiniciado a su vez el procedimiento sancionatorio.
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