Infracción legal y constitucional.
Segundo Tribunal Ambiental admitió a trámite reclamación por rechazo a programa de cumplimiento de Sociedad Agrícola.
Corresponde ahora que la parte reclamada evacue el informe sobre la materia requerida dentro del plazo de 10 días.

El Segundo Tribunal Ambiental, con asiento en la ciudad de Santiago, admitió a trámite la reclamación deducida por la Sociedad Agrícola El Tranque de Angostura, en contra de la resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), la cual rechazó el Programa de Cumplimiento acordado por las cargos e infracciones a la RCA Nº 33/2006, en el proyecto “Modificación Sistema de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos Planteles de Cerdos, Sociedad Agrícola El Tranque de Angostura”.
El reclamante aduce que el acto administrativo precitado fue pronunciado con manifiestas infracciones legales y constitucionales al debido proceso, la presunción de inocencia, imparcialidad, principios que conforman todo procedimiento administrativo.
Asimismo, sostiene que la SMA resolvió rechazar la solicitud de invalidación, sin siquiera pronunciarse sobre los argumentos de fondo esgrimidos, limitándose a señalar que la invalidación como remedio jurídico de última ratio, no procedía contra actos que no revestían carácter terminales, agregando, que los argumentos de la invalidación, constituyen alegaciones impugnatorias, las que igualmente se tendrían presentes junto con los descargos presentados por la Empresa.
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