Se reconoció legitimidad de ONG’s.
Segundo Tribunal Ambiental dicta sentencia y rechaza demanda por daño ambiental contra proyecto minero Pascua Lama.
El Tribunal reconoció a ciertas organizaciones ciudadanas, particularmente Organizaciones No Gubernamentales, (ONG’s) que posean personalidad jurídica, legitimación activa para comparecer por sí mismas e interponer demandas por reparación de daño ambiental.

El Segundo Tribunal Ambiental dictó sentencia en la causa “Rubén Cruz Pérez y Otros con Compañía Minera Nevada SpA”, y rechazó una demanda de reparación de daño ambiental deducida en contra de la referida empresa, titular del proyecto minero Pascua Lama.
En su sentencia, expuso la Magistratura Ambiental que “existe una multiplicidad de antecedentes probatorios concordantes entre sí que, apreciados conforme a las reglas de la sana crítica (…), permiten dar por acreditado que no se ha alterado la tendencia
histórica de pérdida de masa de los cuerpos de hielo del área de influencia del Proyecto”.
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