Infracciones gravísimas pueden dar lugar a la revocación de la autorización.
SMA formula cargos a Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental por haber realizado actividades sin contar con la autorización para ello.
La Superintendencia puede contratar labores de inspección, verificación, medición y análisis, incluido el muestreo, a terceros idóneos, con el objeto de apoyar las labores de fiscalización ambiental.

La Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (LOSMA) establece como parte de sus funciones y atribuciones, la contratación de labores de inspección, verificación, medición y análisis, incluido el muestreo, a terceros idóneos, con el objeto de apoyar las labores de fiscalización ambiental. Estos terceros corresponden a entidades técnicas de fiscalización ambiental (ETFA), las que son autorizadas por la Superintendencia (SMA), previo cumplimiento de requisitos específicos.
En este orden, la SMA inició una investigación en contra la entidad técnica de Fiscalización Ambiental ECOTECNOS S.A. por haber realizado actividades de medición de aguas residuales sin contar con la autorización para ello y por haber subcontratado a la ETFA SGS Santiago, la cual tampoco contaba con la autorización para realizar análisis de aguas de mar, agua residual y sedimentos marinos de ciertos parámetros, existiendo otras ETFAS a la época en que se realizaron los informes que si poseían la autorización. Situación que contraviene lo dispuesto por el artículo 15, letra c) del DS. N°38/2013, que establece que es una obligación de las ETFA, “ejercer sus actividades según el alcance de su autorización”
Al respecto, la Superintendencia hace presente que los Informes en cuestión fueron realizados por la ETFA en virtud de la encomendación que efectúa la SMA de actividades de inspección, verificación, mediciones y análisis del cumplimiento de las normas, condiciones y medidas de las RCA, debiendo actuar la ETFA, en todo momento, dentro del marco de su autorización y alcances, dando estricto cumplimiento a las obligaciones legales y reglamentarias que rigen a estas entidades.
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