Medida para mejor resolver.
Tribunal Ambiental llevó a cabo audiencia en causa sobre material particulado respirable.
La causa se origina en una reclamación de la Municipalidad de Tocopilla, a la que se acumularon las actuaciones de las Municipalidades de Huasco y Puchuncaví.

El segundo Tribunal Ambiental celebró audiencia como medida para mejor resolver en proceso por reclamación contra la ex Ministra del Medio Ambiente, por haberse dictado el Decreto Supremo N° 20 de 2013 que estableció norma de calidad primaria para material particulado respirable.
La causa se origina en una reclamación de la Municipalidad de Tocopilla, a la que se acumularon las actuaciones de las Municipalidades de Huasco y Puchuncaví, en contra de la ex Ministra del Medio Ambiente, María Ignacia Benítez Pereira, por la dictación del DS N°20 de 2013, que deroga el Decreto 59 del 2008, modificando los parámetros de medición del material particulado respirable MP10, en especial lo referido a los valores que definen situaciones de emergencia, solicitándose a la Magistratura Ambiental la declaración de ilegalidad, inconstitucionalidad y arbitrariedad del decreto por afectar gravemente la salud de las personas.
La diligencia decretada por el Tribunal tuvo por objeto la presentación de antecedentes y opiniones técnicas, para lo cual citó a audiencia, además de las partes, al amicus curiae (persona natural o jurídica que no es parte en el proceso, que posee reconocida idoneidad técnica; ha invocado la protección de un interés y presentado una opinión con sus comentarios) y a los autores y responsables de informes técnicos de la causa, así como a los profesionales que participaron directa o indirectamente en la elaboración del Decreto Supremo objeto de la reclamación.
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