Diario Constitucional

Fraudes bancarios electrónicos

Fraudes bancarios y modificación a programas de cumplimiento en materias de consumo financiero.

La entrada en vigor de la Ley que limita la responsabilidad de titulares y usuarios de tarjetas de pago y transacciones electrónicas (Ley 21.234 o Ley), entrega una nueva protección a los consumidores estableciendo un régimen de responsabilidad objetiva de los emisores o prestadores de dichos servicios y obligándolos a adoptar las medidas de seguridad necesarias para evitar perjuicios a los usuarios.

10 de junio de 2020·5 min de lectura

Uno de los efectos que la crisis sanitaria ha provocado en materias de consumo es el impulso del comercio digital cuestión que puede generar nuevas situaciones de fraude. En efecto, durante lo que va del año, el SERNAC registra más de 8.300 reclamos relacionados con fraude financiero.

En este contexto, la entrada en vigor de la Ley que limita la responsabilidad de titulares y usuarios de tarjetas de pago y transacciones electrónicas (Ley 21.234 o Ley), entrega una nueva protección a los consumidores estableciendo un régimen de responsabilidad objetiva de los emisores o prestadores de dichos servicios y obligándolos a adoptar las medidas de seguridad necesarias para evitar perjuicios a los usuarios.

Si bien, la implementación de las medidas de seguridad señaladas por la Ley constituye una obligación para las empresas emisoras de tarjetas de pago o prestadoras de servicios de transacciones electrónicas, éstas no son equivalentes a los protocolos contemplados en los programas de cumplimiento normativo en materia de consumo.

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