Reforma al reglamento congresional
Perú: novedades constitucionales en febrero.
Los pedidos de censura o proposición de confianza a los miembros de la Mesa Directiva del Congreso requieren de no menos del quince por ciento (15%) del número legal de Congresistas para ser presentados. Es decir, dichas mociones requieren el respaldo de al menos 20 Congresistas para ser presentadas. Esta modificación es importante pues antes de la misma bastaba que un solo Congresista de la (una firma) presentara la moción para dar inicio al trámite correspondiente debilitando la institucionalidad y entorpeciendo las labores del Parlamento.

La primera semana de febrero trajo consigo importantes novedades para el Derecho Constitucional en el Perú. Dos de ellas provienen directamente del Parlamento: la primera es la aprobación de la modificación del artículo 68 del Reglamento del Congreso; y la segunda es la aprobación (en primera votación) de la Ley de Reforma Constitucional de los artículos 179 y 180 de la Constitución. A su turno, la tercera corrió a cargo del Tribunal Constitucional quien desestimó la demanda presentada por el Poder Ejecutivo contra la Ley 31355, Ley que desarrolla el ejercicio de la cuestión de confianza regulada en los artículos 132 y 133 de la Constitución.
Al respecto, consideramos importante dar a conocer el contenido y alcances de las mismas pues las tres novedades constitucionales a las que hemos hecho referencia consolidan el Estado Constitucional y el orden democrático en nuestro país.
1) Aprobación de la modificación del artículo 68 del Reglamento del Congreso





