Reforma legislativa peruana
¿Volverá el Perú al bicameralismo?
La propuesta señala que la función de senador o diputado son de tiempo completo. Ellos tienen prohibido desempeñar o ejercer cualquier cargo o ejercer cualquier profesión u oficio, durante las horas de funcionamiento del Congreso. Asimismo, precisa que el mandato de senador o diputado es incompatible con el ejercicio de cualquier otra función pública, excepto la de ministro de Estado, y el desempeño, previa autorización del Congreso, de comisiones extraordinarias de carácter internacional. Esta incompatibilidad tampoco le alcanza al ejercicio de la docencia universitaria.

El artículo 206 de la Constitución Política del Perú señala que toda reforma constitucional debe ser aprobada por el Congreso con mayoría absoluta del número legal de sus miembros (es decir, 66 votos como mínimo), y ratificada mediante referéndum. Asimismo, establece que puede omitirse el referéndum cuando el acuerdo del Congreso se obtiene en dos legislaturas ordinarias sucesivas con una votación favorable, en cada caso, superior a los 2/3 del número legal de congresistas (es decir, 87 votos como mínimo).
Hacemos esta precisión porque el 15 de julio de 2022, el Parlamento aprobó con 70 votos a favor, 45 en contra y 6 abstenciones, el Dictamen recaído en los Proyectos de Ley 660, 724, 792, 1044, 1091, 1334, 1655, 1708, 1746, 1750, 1959, 2004, 2025, 2053, 2085, y 2231/2021-CR, Ley de reforma constitucional que restablece la Bicameralidad en el Congreso de la República. Eso quiere decir que si el Parlamento desea continuar con esta reforma constitucional entonces deberá someterla a referéndum.
Al respecto, debido a la trascendencia institucional y política de esta reforma constitucional -en mi opinión, la más importante de los últimos 30 años- consideramos necesario dar a conocer el contenido y alcances de la misma. Previamente, debemos advertir que la misma supone la modificación de cincuenta y cuatro artículos (54) constitucionales: artículos 2 -inciso 5-, 39, 56, 57, 78, 79, 80, 81, 82, 86, 87, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 104, 105, 106, 107, 108, 117, 118, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137, 139, 142, 150, 157, 161, 162, 182, 183, 191, 194, 201, 203 y 206.





