Diario Constitucional

Guía legal.

Acoso sexual callejero: sobre delitos en público, abusos por sorpresa y captación de imágenes en la vía pública de partes íntimas del cuerpo.

Si es la misma persona la que capta las imágenes y la que las difunde, la pena en este caso es de presidio menor en su grado mínimo a medio (61 días a tres años) y multa de veinte a treinta unidades tributarias mensuales.

Por Redacción·18 de diciembre de 2019·3 min de lectura
Acoso sexual callejero: sobre delitos en público, abusos por sorpresa y captación de imágenes en la vía pública de partes íntimas del cuerpo.
Referencial

En una reciente publicación de la Biblioteca del Congreso se da a conocer información sobre el acoso sexual callejero.

La ley del acoso sexual señala que comete acoso sexual el que realiza un acto de significación sexual capaz de provocar una situación objetivamente intimidatoria, hostil o humillante a la víctima, en lugares públicos o de libre acceso público, y sin mediar el consentimiento de la persona afectada.

La BCN nombra los actos que caben en la definición y la sanción que se les aplica:

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