Diario Constitucional

Modifica el Código Sanitario.

Buscan revertir fallo del TC sobre objeción de conciencia institucional.

Hay profesionales de la salud que, por sus convicciones religiosas o morales, se consideran impedidos de participar en la interrupción de un embarazo. A eso se llama objeción de conciencia.

Por Redacción·02 de enero de 2019·2 min de lectura
Buscan revertir fallo del TC sobre objeción de conciencia institucional.
Referencial

En condiciones de ser visto por los integrantes de la Comisión de Salud del Senado está el proyecto que modifica el Código Sanitario en materia de objeción de conciencia institucional, el que recientemente ingresó al Congreso Nacional.

La propuesta de autoría de los senadores De Urresti, Harboe, Huenchumilla, Muñoz y Órdenes, busca dejar en el ámbito de las personas naturales, la denominada objeción de conciencia, considerando que en la actualidad también se aplica a personas jurídicas.

En el texto, los legisladores aseguran que “el Congreso Nacional debe adoptar las medidas legislativas para reestablecer el imperio del derecho y el orden constitucional y enmendar el texto del artículo 119 ter del Código Sanitario para mantener la objeción de conciencia en el campo que le es propio, la persona humana”.

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