“Pub Sala 7”.
Corte de Apelaciones de Concepción acoge recurso de protección contra local nocturno por ruidos molestos.
El Tribunal de alzada le ordenó a la recurrida abstenerse en lo sucesivo de perturbar a las afectadas, quienes viven en un edificio aledaño al local, con la emisión de ruidos molestos.

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió el recurso de protección deducido por vecinas del “Pub Sala 7”, le ordenó al local nocturno abstenerse de emitir ruidos por sobre la norma de emisión de ruidos e instruyó a los organismos pertinentes la fiscalización permanente del recinto.
Se concluye por esta Corte que la parte recurrida ha incurrido en un obrar ilegal, pues ha incumplido lo ordenado por el Decreto Supremo N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece la norma de emisión de ruidos; así como en actos arbitrarios, al operar su establecimiento de comercio de modo constante con ruidos molestos, alterando la garantía constitucional del derecho a la integridad física y psíquica de las actoras.
Funcionarios del Municipio realizaron mediciones de emisiones de ruido de varios establecimientos denunciados, entre ellos el Pub Sala 7, informando con fecha 20 de diciembre de 2021 a la Superintendencia de Medio Ambiente, mediante el Oficio Ordinario Nº 1255, los resultados de las actividades de fiscalización realizadas el día 09 de diciembre de 2021. Se especifica en la respuesta que los resultados enviados corresponden a las mediciones de 2 denuncias, siendo una de ellas (ID -391) las correspondientes al Pub Sala 7. De acuerdo al análisis de la SMA fue posible verificar que la fuente emisora presenta excedencias por sobre el límite de la Zona tipo II del DS. Nº 38/2011 del MMA
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