En fallo unánime.
Corte de Chillán ordena reingreso en prisión preventiva de imputado dejado en libertad en prevención de COVID-19.
El Tribunal de alzada revocó lo resuelto por el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Chillán, tras establecer que la irrupción del covid-19 no justifica la modificación del régimen cautelar de Olguín Rodríguez.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Chillán revocó la resolución impugnada que decretó el arresto domiciliario y ordenó el reingreso en prisión preventiva de Diego Armando Andrés Olguín Rodríguez, imputado por el Ministerio Público como autor del delito de robo en lugar habitado, ilícito perpetrado en mayo del año pasado, en la comuna de Coelemu.
La sentencia sostiene que atendido el mérito de los antecedentes expuestos en la audiencia respectiva, y, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, de los que se desprende que no han variado las circunstancias materiales tenidas en vista al decretar la medida cautelar que se revisa, y teniendo especialmente presente que el imputado registra condenas anteriores por el mismo delito por el cual ha sido acusado, concurriendo por ello la necesidad de cautela, y no constituyendo razón suficiente para su sustitución la actual pandemia por Covid 19, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de veintitrés del actual que sustituyó la prisión preventiva de Diego Olguín Rodríguez y, en su lugar, se declara que se mantiene dicha medida cautelar.
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