Diario Constitucional

Cónyuge más débil.

Corte de Chillán rechaza demanda de compensación económica deducida por profesora. No acreditó sufrir menoscabo económico con motivo de haberse dedicado al hogar y a sus hijos.

Durante el matrimonio, la actora pudo ejercer su profesión, realizar estudios de postítulos y asumir cargos de jefatura, por lo que no cumple con el presupuesto para obtener compensación económica.

Por Redacción·04 de enero de 2022·2 min de lectura
Imagen: Freepik.com
Referencial

La Corte de Apelaciones de Chillán revocó la sentencia pronunciada por el Juzgado de Familia de Yungay, y rechazó la demanda de compensación económica interpuesta por una profesora.

El Tribunal de Alzada tuvo presente que, “para establecer la compensación económica se exige como presupuesto básico que el cónyuge se haya dedicado al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar común y que ello le haya impedido desarrollar una actividad remunerada o lucrativa durante el matrimonio”.

Comprende que, “se trata de una norma que tiende a compensar económicamente una situación injusta que se produce como consecuencia de que uno de los cónyuges no se haya desarrollado individualmente como persona, en la medida que le hubiese permitido obtener una especialización que haya podido brindarle permanentemente una actividad remunerada, la que por cierto constituye la base de los beneficios previsionales y de salud para toda la vida, teniendo presente que el divorcio implica la desvinculación de los cónyuges y, por lo tanto, finaliza la colaboración mutua”.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.