En fallo unánime.
Corte de Concepción dicta orden de no innovar y permite reapertura de vertedero de cenizas de termoeléctrica.
El Tribunal de alzada hizo lugar a la solicitud del recurrente y dictó orden de no innovar, permitiendo la reapertura del acopio de cenizas a la espera que se resuelva el fondo del recurso.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Concepción acogió a trámite el recurso de protección presentado por la empresa Enel Generación Chile S.A., propietaria de la Central Termoeléctrica Bocamina, cuyo vertedero de cenizas fue clausurado por la Municipalidad de Coronel, el jueves 25 de abril recién pasado.
Además, la Corte de Apelaciones ofició a la Municipalidad de Coronel para que remita todos los antecedentes que existan en su poder sobre el asunto motivo del recurso dentro del plazo de ocho días, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de prescindir de dicho informe y de aplicarle alguna de las medidas que contempla el Nº 15 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales.
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