En fallo unánime.
Corte de Punta Arenas ordena al Registro Civil modificar nombres y sexo registral de ciudadana transexual.
El Tribunal de alzada revocó sentencia apelada, tras establecer, entre otros, que en la especie debe primar el derecho a la vida, a la integridad física y síquica de las personas.

En fallo unánime, la Corte de Punta Arenas acogió la solicitud voluntaria de cambio de nombre y rectificación de partida de nacimiento de recurrente.
La sentencia sostiene que la solicitante ha acreditado con la prueba rendida que desde hace más de 20 años es conocida en su círculo de amistades como una mujer, que es y vive como tal. Cuyo deseo es la coincidencia de su documentación de identificación con el sexo femenino. El informe del Servicio Médico Legal, evacuado por el siquiatra Marcos Barrientos Vergara, verifica su transexualismo.
La resolución agrega que es del caso que como ya se ha establecido, a través de la información sumaria y la constatación de sus antecedentes biográficos, por el médico siquiatra, a más de la entrevista personal, que, la solicitante ha sido conocida por más de cinco años, por motivos plausibles, con los nombres de pila que desea substituyan a los que actualmente registra en su partida de nacimiento. Por lo tanto, solo queda acceder a su deseo.
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