En fallo unánime.
Corte de Santiago acoge protección contra compañía de seguro que negó cobertura a afiliado.
El Tribunal de alzada acogió la acción cautelar presentada en contra de la aseguradora, tras establecer que el contrato del seguro de salud fue suscrito por las partes, más de dos años antes de que se le diagnosticara hepatitis aguda al recurrente.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado en contra de la compañía Metlife Chile Seguros de Vida S.A. que denegó la cobertura a afiliado por supuesta preexistencia de dolencia hepática.
El Tribunal de alzada acogió la acción cautelar presentada en contra de la aseguradora, tras establecer que el contrato del seguro de salud fue suscrito por las partes, más de dos años antes de que se le diagnosticara hepatitis aguda al recurrente.
La sentencia sostiene que a la luz de todos los antecedentes que obran al respecto, no resulta que antes de la contratación del seguro que liga a las partes, se haya diagnosticado alguna enfermedad hepática que afectara la salud -como terminó siéndolo- de la persona a cuyo nombre se recurre. En efecto, derívase de los tres documentos que emanan de médicos que atendieron y trataron al señor Henríquez, que la fecha del diagnóstico médico no es anterior a noviembre de 2017. Por otro lado, el contrato se suscribió el 15 de abril de 2015 (más de dos años antes).
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