Diario Constitucional

En fallo unánime.

Corte de Santiago acoge protección por publicaciones ofensivas en Facebook que afectan derecho a la honra.

La resolución establece que el actuar de la recurrida no puede calificarse como el ejercicio legítimo de un derecho, cuando se observa el uso de un medio social para denostar una persona.

Por Redacción·04 de agosto de 2017·1 min de lectura
Corte de Santiago acoge protección por publicaciones ofensivas en Facebook que afectan derecho a la honra.
Referencial

En fallo unánime, la Corte de Santiago acogió recurso de protección presentado en contra de Claudia Andrea Carrasco González por publicaciones ofensivas que realizó a través de la red social Facebook, sobre Carlos Alberto Benvenuto Araya y su familia.

La sentencia del Tribunal de alzada sostiene que lo anterior no importa en caso alguno emitir pronunciamiento en torno al incumplimiento contractual que se denuncia por la recurrida, sino por el contrario, dar protección al recurrente quien se ha visto afectado en su derecho a la honra por el actuar abusivo de la señora Carrasco, desde el momento que ésta exhibe fotografías del recurrente denunciándolo como "incumplidor de sus obligaciones" y "como sinvergüenza", sin que ello se haya dirimido en la sede procesal que corresponde -sea civil o penal- que ampare todas las garantías del debido proceso para aplicar así la regla de derecho pertinente a una situación fáctica efectivamente probada.

La resolución de la Corte de Santiago agrega que el actuar de la recurrida no puede calificarse como el ejercicio legítimo de un derecho, cuando de los antecedentes acompañados al libelo por el recurrente se observa el uso de un medio social para denostar una persona -con o sin razón- prescindiendo de la institucionalidad, a pesar de haber ejercido acciones judiciales para desvincularse del recurrente.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.