Diario Constitucional

En fallo dividido.

Corte de Santiago condena a concesionaria de autopista por accidente provocado por camión detenido en vía.

El Tribunal de alzada condenó a la concesionaria por falta de diligencia al no disponer oportunamente las medidas de mitigación del riesgo que significaba para los conductores el camión de grandes dimensiones que estaba estacionado en la ruta.

Por Redacción·13 de diciembre de 2018·4 min de lectura
Corte de Santiago condena a concesionaria de autopista por accidente provocado por camión detenido en vía.
Referencial

En fallo dividido, la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a la sociedad concesionaria Autopista Vespucio Sur S.A. a pagar una indemnización total de $150.000.000 a familiares de conductor que murió, en abril de 2014, al chocar contra de un camión detenido en la vía.

La sentencia sostiene que en este marco regulatorio, de conformidad a lo razonado en las motivaciones que anteceden, resulta prístina la falta de diligencia observada por la demandada al no disponer oportunamente las medidas de mitigación del riesgo que significaba la presencia de un camión de grandes dimensiones estacionado en la ruta; incumpliendo la exigencia de normalidad del servicio, en el cual las vías deben estar desprovistas, despejadas y libres de toda perturbación; dejando de dar estricto acatamiento a las normas de seguridad a las cuales se hallaba obligada por emanar de la ley y del contrato de adjudicación, de cuyo cumplimiento cabal, íntegro y oportuno era responsable, según lo previsto en el artículo 63º del Reglamento de Concesiones, inactividad que constituye a su respecto, una omisión culpable en la explotación de la obra concesionada.

La resolución agrega que si bien la demandada se limitó a negar la negligencia e incumplimiento imputados por los actores, respecto de cuya concurrencia adquiere convicción esta Corte, atribuyéndole exclusivamente la responsabilidad de la colisión al conductor fallecido, ningún elemento de convicción incorporó la demandada para acreditar un actuar diligente de su parte con motivo de la presencia del camión estacionado por desperfecto eléctrico o mecánico en la autopista; evento del cual, a pesar de la existencia de un Centro de Control Operativo que debe funcionar las 24 horas de los 365 días del año no se percató; advirtiendo incluso tardíamente el accidente de tránsito que tuvo lugar posteriormente entre el automóvil Mazda y el camión marca Ford.

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