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En fallo unánime.

Corte de Apelaciones de Santiago confirma fallo que anuló venta de inmuebles por lesión enorme del contrato.

El Tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Primer Juzgado Civil de Santiago, que acogió la demanda.

Por Redacción·09 de marzo de 2020·2 min de lectura
Corte de Apelaciones de Santiago confirma fallo que anuló venta de inmuebles por lesión enorme del contrato.
Referencial

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que declaró nula la venta de inmuebles en la comuna de Las Condes por lesión enorme del contrato, al haberse vendido por menos de la mitad del precio que tenían las propiedades a la fecha de la celebración de la compraventa.

La sentencia de primera instancia indica que en el caso de autos, el contrato materia de la discusión, dice relación con la compraventa de la nuda propiedad de los inmuebles materia del presente juicio, adquiridos por Cecilia Carrasco Concha, el cual, al tenor de lo señalado en los motivos anteriores, se trataría de un contrato oneroso y aleatorio, toda vez que al quedar la compradora en calidad de nuda propietaria y la vendedora de usufructuaria, en carácter de vitalicia, se introdujo un elemento aleatorio en el mismo.

La resolución confirmada agrega que sin perjuicio de lo anteriormente consignado, al haberse reservado la vendedora el usufructo vitalicio de la propiedad, si bien no era posible establecer con certeza cuando iba a ocurrir su muerte, sin embargo, atendida su edad a la fecha de la celebración del contrato, 89 años, y habida consideración además, de su deteriorado estado de salud; esto último expresamente señalado por la demandada como fundamento para la celebración de dicho pacto, el cual tenía por objeto obtener recursos económicos para costear los cuantiosos gastos médicos; resultaba claramente previsible que María Raquel Concha Poblete, no superaría en vida, el plazo pactado en el contrato para pagar la compradora demandada, el saldo de precio de la referida compraventa, el cual se acordó se haría en 84 cuotas mensuales; lo que en definitiva aconteció toda vez que aquélla falleció en enero de 2014, a los 92 años de edad.

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