En fallo unánime.
Corte de Santiago confirma fallo que condenó a junta de vigilancia por falta de resguardo de vivienda desvalijada.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el 28° Juzgado Civil de Santiago, que condenó a la junta de vigilancia de la Comunidad Ecobarrio Casa Grande a indemnizar a propietario de vivienda que fue desvalijada por residentes.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a la junta de vigilancia a pagar una indemnización $15.000.000 por la falta de resguardo de vivienda de comunidad de Peñalolén.
La sentencia de primera instancia sostiene que con la prueba documental y testimonial allegada al proceso por la parte demandante se acredita fehacientemente que el administrador nunca denunció los ilícitos señalados en la demanda a la autoridad competente o al comité de Administración; asimismo incumplió el deber de cuidado de los bienes comunes; asimismo incumplió el deber de mantener en el condominio una nómina actualizada de los copropietarios, con sus respectivos domicilios registrados. A su turno la Junta de Vigilancia Central incurrió en una actuación negligente al omitir la fiscalización de la mala gestión del Administrador.
La resolución confirmada agrega que por otra parte, el Administrador, como representante de la Junta de Vigilancia Ecobarrio Casa Grande, no tomó la más mínima providencia que debía de haber ejercitado a fin de asegurar la seguridad de los espacios comunes ni de las unidades, ni de sus habitantes; incumpliendo con ello las obligaciones que le ha impuesto el Reglamento de Comuneros ya citado. Finalmente se incumplió por el administrador el deber de cuidado de los bienes comunes.
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