En fallo unánime.
Corte de Santiago confirma multas contra laboratorio por no respetar normas de bioequivalencia en igual número de medicamentos.
El Tribunal de alzada confirmó la decisión del 23 Juzgado Civil que rebajó la sanción pecunaria aplicada por Instituto de Salud Pública (ISP) al Laboratorio Novartis.

En fallo unánime, la Corte de Santiago confirmó la sentencia que aplicó al Laboratorio Novartis 5 multas de 200 unidades tributarias mensuales por no respetar las normas de bioequivalencia en igual número de medicamentos.
La sentencia del Tribunal de alzada sostiene que lo primero es analizar el principio de la confianza debida, cuya vigencia puede asentarse de los principios de legalidad y seguridad jurídica, que se traduce el primero en su vertiente atributiva o de reserva legal, en el hecho que le está vedado a la Administración Pública actuar en ejercicio de sus potestades de una manera abusiva o en exceso de poder.
A continuación el fallo señala que es en el primer caso, el del abuso en el ejercicio de potestades, el de arbitrariedad, que la Administración deberá motivar y señalar la razones para su actuación, explicando a continuación que si tal actuación supone una alteración en la interpretación de la norma o un cambio en la manera de regular o de resolver, solo estará legítimamente autorizada para hacerlo si respeta, entre otros, el principio de la confianza que los administrados tienen en su forma o dirección de la actuación.
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