En fallo unánime.
Corte de Santiago confirma sentencia que ordenó a Subsecretaría de Educación entregar nómina de titulados en Universidad cerrada.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia recurrida que ordenó entregar la nómina de titulados de la carrera de ingeniería comercial de la cerrada Universidad de Temuco.

En fallo unánime, la Corte de Santiago rechazó recurso de ilegalidad y confirmó la sentencia que ordenó a la Subsecretaría de Educación entregar información solicitada por ley de transparencia sobre titulados de la carrera de ingeniería comercial de la cerrada Universidad de Temuco.
La sentencia del Tribunal de alzada sostiene "que a la luz de las normas transcritas se puede concluir que la regla general es que la información sea de carácter público, precisamente ese es el sentido y alcance de la ley de transparencia, y, la excepción, es que los datos de alguna persona sea natural o jurídica están afectos a secreto o reserva".
Enseguida, la resolución de la Corte capitalina agrega que "en ese orden de ideas y a la luz de las normas transcritas, la decisión de amparo recurrida se encuadra dentro de los datos que no están afectos a secreto o reserva, tanto porque al referirse al título profesional obtenido en una universidad, son de carácter público, no siendo necesaria autorización del beneficiario del mismo, cuanto porque la ley de protección de datos personales le da tal calidad a los que figuren en registros públicos”.
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