1973 y 1974.
Corte de Santiago dicta condena en causa de derechos humanos por ilícitos perpetrados en Coelemu.
En el aspecto civil, se ordenó al Fisco pagar una indemnización total de $200.000.000 (doscientos millones de pesos) a la cónyuge e hijos de Acevedo Andrade, quienes presentaron la acción judicial.

La Corte de Apelaciones de Santiago dictó sentencia por los delitos de detención ilegal y los secuestros calificados de Luis Acevedo Andrade, Omar Henríquez López, Arturo Villegas Villagrán, ocurridos en la localidad de Coelemu, Región del Bío Bío en septiembre de 1973 y septiembre de 1974.
En su sentencia, el Tribunal de alzada condenó a penas de 5 años y un día de presidio respecto de Juan Abello Mendoza, Sergio Arévalo Cid y Guillermo Rodríguez Sullivan; 3 años de presidio –con el beneficio de la remisión condicional– en contra de Beniamino Bozzo Basso y Carlos Aguillón Henríquez, y de 300 días de presidio –con el beneficio de la remisión condicional– a Heriberto Rojas Jiménez.
En el aspecto civil, se ordenó al Fisco pagar una indemnización total de $200.000.000 (doscientos millones de pesos) a la cónyuge e hijos de Acevedo Andrade, quienes presentaron la acción judicial.
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