En fallo unánime.
Corte de Santiago eleva indemnización que deberá pagar empresa concesionaria a hijo de fallecido en accidente en autopista del Itata.
El Tribunal de alzada elevó a $70.000.000 la indemnización que la sociedad concesionaria deberá cancelar al demandante.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago elevó la indemnización que la empresa Sociedad Concesionaria Autopista del Itata S.A. deberá pagar al hijo de conductor que falleció en abril de 2008, al embestir trozos de madera que se encontraban en la vía.
La sentencia sostiene que en cuanto al daño moral, se trata el actor de un menor de edad que a la fecha del accidente, esto es, el diez de abril de dos mil ocho, contaba con seis años de edad, y se ha visto en toda su infancia y adolescencia privado de la presencia paterna por el ilícito que se conoció en autos y por el cual debe responde la demandada.
Por último, concluye que en estas circunstancias, quedando la avaluación del daño entregada a la prudencia de la judicatura y teniendo presente los montos que por este concepto se han otorgado en otras sentencias judiciales, se fijará dicho perjuicio extrapatrimonial en la suma de $70.000.000.
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