En fallos unánimes.
Corte de Santiago ordena al Ministerio de Salud y Fonasa otorgar tratamientos de reemplazo enzimático.
El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario de las recurridas al denegar el tratamiento con Vimizim, medicamento que si reciben otros pacientes del sistema público y privado de salud y por existir sentencias previas que ordenan dichas coberturas.

En fallos unánimes, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió dos recursos de protección presentados en contra del Fondo Nacional de Salud y del Ministerio de Salud por negar cobertura de tratamiento a paciente que sufre síndrome de Morquio, enfermedad que requiere del suministro del medicamento Vimizim.
La resolución sostiene que en dichas sentencias emanadas de esta Corte, que son del mismo tenor, se concluyó que la decisión adoptada por Fonasa en orden a excluir de cobertura para el tratamiento de reemplazo enzimático mediante el medicamento Vimizim debe ser calificada como infractora del derecho a la igualdad. En efecto, mediante reasignaciones presupuestarias, el Fondo Nacional de Salud ha podido costear y dar solución a 27 pacientes que padecen de la enfermedad de Morquio, siendo excluida la recurrente. del mismo beneficio, existiendo una clara diferencia entre la aplicación de un estatuto para un grupo de personas, en desmedro de, otras. (Basamentos Duodécimo y Décimo tercero).
En esta línea, la sentencia señala que igualmente la estimó arbitraria, por la misma circunstancia que dicho organismo actualmente da cobertura a 27 pacientes que padecen la enfermedad de Morquio, generando una exclusión que debe ser calificada como arbitraria, desde que todos los pacientes que se (sic) padecen de la Enfermedad de Morquio merecen el mismo tratamiento de salud y al ser todos afiliados al Fondo Nacional de Salud, deben ser cubiertas sus necesidades de la misma manera, sin distinción de ninguna especie. (Considerando Décimo Cuarto).
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