Diario Constitucional

En fallo unánime.

Corte de Santiago rebaja indemnización que deberá pagar canal de TV por reportaje de denuncia a empresa de alimentos con información no comprobada.

El Tribunal de alzada confirmó la resolución impugnada, dictada por el 22° Juzgado Civil de Santiago, pero con declaración que la indemnización que deberá pagar el canal de televisión a la empresa demandante, se fija en $ 20.000.000.

Por Redacción·21 de noviembre de 2018·2 min de lectura
Corte de Santiago rebaja indemnización que deberá pagar canal de TV por reportaje de denuncia a empresa de alimentos con información no comprobada.
Referencial

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó el fallo que ordenó a Red Televisiva Megavisión S.A. indemnizar a la empresa de alimentos Artesanos del Sur Limitada, por la emisión de reportaje denuncia, con información no comprobada, y por los comentarios vertidos por conductor de noticiario, en abril de 2011.

La sentencia sostiene que en lo relativo a la existencia, naturaleza y cuantificación de los daños, todo lo que se objeta por el recurso, la juez razona extensamente a partir del fundamento vigésimo tercero, para concluir que se produjo una afectación negativa a la imagen y prestigio de la demandante que tuvo trascendencia en su situación económica, todo ello por la conducta de la demandada, según lo señala en el fundamento vigésimo séptimo.

La resolución agrega que como no puede menos que compartirse tales conclusiones, pues se fundan en las pruebas rendidas, cuya existencia la demandada no controvierte, como asimismo su validez y mérito de convicción, sólo cabe pronunciarse sobre la objeción que formula respecto del monto determinado.

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