En fallo unánime.
Corte de Santiago rechaza devolución de multas aplicadas a empresa proveedora de Servicio de Salud.
El Tribunal de alzada ratificó la sentencia impugnada, dictada por el Vigésimo Octavo Juzgado Civil de Santiago que rechazó la demanda deducida por la empresa que fue sancionada por incumplimiento de contrato de insumos para exámenes de laboratorio.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que rechazó la demanda de indemnización de devolución o rebaja de multas presentada por la empresa Tecnigen S.A. en contra del Servicio de Salud Metropolitano Occidente.
La sentencia sostiene que el incumplimiento alcanzó 105 días, no discutido y, al ser con carácter de total, la multa aplicada se ajusta al contrato suscrito entre la anunciada Empresa y el Servicio de Salud, en términos de considerar para el cálculo consecuencial el promedio diario de determinaciones de química y coagulación, que asciende a 1 por mil, en relación al precio por determinación para cada una de ellas, es decir, $294 referente a exámenes químicos y la suma de $622, los de coagulación.
La resolución agrega que considerando la estadística mensual, se promedia un total de 21.850 exámenes de Química y 1.974 exámenes de coagulación; también alcanza a 12.620 exámenes de Química practicados y pagados por el Hospital de Talagante a la Empresa Roche por un monto final de $10.318.597. Lo anterior, debe entenderse en cuanto se puede aplicar una multa diaria en dinero, que alcanza el 1por mil diario calculado sobre el precio neto (sin IVA) de lo no entregado o no cumplido (referido en el acápite pretérito) y atento escala dispuesta en el contrato.




