Diario Constitucional

En decisión unánime.

CPLT acogió amparo en contra de la Superintendencia de Seguridad Social y ordena que debe entregar nombres de facultativos investigados por emisión excesiva de licencias médicas.

El citado órgano fiscalizador negó el acceso a la información que le fue requerida, por estimar que la liberación de los nombres podría entorpecer la investigación que se está llevando a cabo por el Ministerio Público, conforme a lo dispuesto en el artículo 182 del Código Procesal Penal. El Consejo para la Transparencia acogió el…

Por Redacción·07 de octubre de 2010·1 min de lectura
CPLT acogió amparo en contra de la Superintendencia de Seguridad Social y ordena que debe entregar nombres de facultativos investigados por emisión excesiva de licencias médicas.
Referencial

El citado órgano fiscalizador negó el acceso a la información que le fue requerida, por estimar que la liberación de los nombres podría entorpecer la investigación que se está llevando a cabo por el Ministerio Público, conforme a lo dispuesto en el artículo 182 del Código Procesal Penal.

El Consejo para la Transparencia acogió el amparo de acceso a información y ordenó que la Superintendencia debe proporcionar el “listado de médicos que no fueron querellados o denunciados, pero que las licencias que otorgaron sobrepasaron con creces los promedios anuales de emisión”.

La decisión razona que la citada “norma (articulo 182) no resulta aplicable respecto de aquellas investigaciones o auditorías que la Superintendencia haya realizado o esté realizando de motu propio y que no sea parte o haya dado origen –como denuncia– a una investigación realizada por el Ministerio Público”, entre otras motivaciones.

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