Diario Constitucional

Se cumple deber.

CPLT declaró inadmisible reclamo de transparencia activa contra Subsecretaría de Defensa.

Se dedujo un reclamo por infracción a los deberes de Transparencia Activa en contra de la Subsecretaría de Defensa. Al precisar la infracción cometida, se denuncia que el sistema virtual de gestión de solicitudes obliga a registrarse para solicitar información y sin dicho registro no se pueden realizar requerimientos.

Por Redacción·19 de diciembre de 2013·1 min de lectura
CPLT declaró inadmisible reclamo de transparencia activa contra Subsecretaría de Defensa.
Referencial

Se dedujo un reclamo por infracción a los deberes de Transparencia Activa en contra dela Subsecretaríade Defensa. Al precisar la infracción cometida, se denuncia que el sistema virtual de gestión de solicitudes obliga a registrarse para solicitar información y sin dicho registro no se pueden realizar requerimientos.

El Consejo advirtió que no existe una infracción a los artículos 7° dela Leyde Transparencia y 51 de su Reglamento. Ello, por cuanto la presentación tendría por objeto realizar una denuncia respecto del banner de solicitudes de acceso a la información que mantienela Subsecretaríade Defensa y de la obligación de registro, y no a la falta de completitud o de acceso al listado de la información que dichas normas obligan a mantener en los sitios electrónicos.

Agrega que se realizó un análisis de los aspectos en torno a los cuales la recurrente plantea la existencia de infracción a los deberes de Transparencia Activa, pudiendo constatarse que en la página web dela Subsecretaríareclamada existe la información que el artículo 7° dela Leyde Transparencia obliga publicar a los órganos dela Administracióndel Estado, y que dicha información se encontraría actualizada.

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