En fallo unánime.
CS acoge demanda de comunidad indígena por aprovechamiento de aguas de río Caspana.
El máximo Tribunal estableció que la comunidad demandante cumple con las exigencias, por uso inmemorial del recurso, para adquirir derechos de aprovechamiento de 31,2 litros por segundo del caudal.

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió demanda de derechos de aprovechamientos de aguas presentada por comunidad atacameña para regularizar la captación del recurso desde el río Caspana, en particular en sector conocido por los lugareños como Quebrada de la Cruz, Región de Antofagasta.
La sentencia sostiene que el examen de los antecedentes demuestra, tal como se concluye en el fallo de primer grado en examen, que la comunidad solicitante cumple, efectivamente, la totalidad de las exigencias previstas en la disposición transcrita precedentemente, en lo que atañe a la regularización de derechos de aprovechamiento no inscritos. Así, demostró haber utilizado de manera ininterrumpida el recurso de que se trata por mucho más de cinco años, contados hacia atrás desde la fecha de entrada en vigencia del actual Código de Aguas, así como que dicho empleo fue realizado libre de clandestinidad o violencia y sin reconocer dominio ajeno.
La resolución agrega que asimismo, consta que la solicitud fue tramitada ante la Dirección General de Aguas en la forma prevista en la ley y que, si bien fueron presentadas dos oposiciones en su contra, las mismas fueron debidamente desechadas por el juez de primer grado; del mismo modo, aparece que la apelación de la primera oponente, esto es, Aguas de Antofagasta S.A., será desestimada, como se concluyó en los fundamentos que anteceden, mientras que, por su parte, Sociedad Química y Minera de Chile S.A. pide que se enmiende el fallo dictando uno de reemplazo que acoja la demanda, declarando que la Comunidad Indígena de Caspana es titular de un derecho de aprovechamiento de aguas superficiales por un caudal de 31 litros por segundo.
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