En fallo unánime.
CS acoge demanda reivindicatoria de inmueble de comunidad de herederos.
El máximo Tribunal revocó la resolución que rechazó la acción reivindicatoria deducida, dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia, tras establecer que la sentencia impugnada se adoptó con error de derecho.

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió recurso de casación y demanda reivindicatoria de inmueble ubicado en la comuna de La Unión.
La sentencia sostiene que surge que el recurrente está en lo correcto cuando sostiene que en el fallo impugnado se incurrió en error de derecho al establecer que la acción reivindicatoria intentada no podía prosperar debido a que los demandantes son comuneros del inmueble regularizado por la demandada toda vez que, como se ha explicado, la limitación que el Decreto Ley 2.695 contempla en ese sentido se refiere, únicamente, al caso en que la respetiva acción se dirige por un comunero en contra de otro que tiene la misma calidad respecto del inmueble en disputa situación que no concurre en el caso de autos en tanto, por una parte, los actores han sido un grupo de personas que, junto a otros que no han comparecido, conforman una comunidad de origen hereditario respecto del inmueble en cuestión y, por otra, la demandada resulta ser una persona ajena a esa comunidad que, a partir de una situación de hecho, logró regularizar el dominio sobre el predio en cuestión.
La resolución agrega que en conclusión y sin perjuicio de lo que se señalará en el considerando siguiente, la correcta interpretación de las normas especiales que sobre la materia contempla el Decreto Ley 2695 lleva a concluir que, en la medida que la persona que haya regularizado la propiedad no forme parte de la comunidad que alega titularidad para demandar la reivindicación, nada obsta a que pueda ser demandada en juicio por uno, varios o todos quienes conforman dicha comunidad.
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