En fallo unánime.
CS acoge protección y ordena nueva evaluación para pago de licencias médicas.
El máximo Tribunal estableció el actuar arbitrario de la recurrida, al no pagar las licencias a paciente que no ha sido operada por responsabilidad del Estado.

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió recurso de protección y ordenó a la Superintendencia de Seguridad Social realizar una nueva evaluación para el pago de licencias médicas de paciente que se encuentra a la espera de una intervención quirúrgica a la cadera.
La sentencia sostiene que en las condiciones apuntadas en la motivación precedente, el retardo en que ha incurrido el Estado en el otorgamiento de una prestación quirúrgica no puede ser el sustento del rechazo del reposo, en cuya imperiosa necesidad se ha fundado el recurso en razón del padecimiento que afecta a la paciente.
La resolución agrega que en consecuencia, la conducta del organismo no se ha ajustado a derecho, al no especificar fundamentos basados en una evaluación médica, amparada en exámenes, estudios, controles clínicos e interconsultas debidamente ponderados con el propósito de esclarecer la condición actual de salud de la recurrente.
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